N.º 38, martes 25 de febrero de 2014
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OTRAS DISPOSICIONES
LEHENDAKARITZA
905
RESOLUCIÓN de 3 de febrero de 2014, de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, por la que se otorga el reconocimiento de Entidad Colaboradora en Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres a la entidad Compañía del Tranvía Eléctrico de San Sebastián a Tolosa, S.A. (TSST).
Mediante Decreto 424/1994, de 8 de noviembre se creó la figura de Entidad Colaboradora en Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, con el fin de incentivar las iniciativas que pudieran surgir en el ámbito sociolaboral a favor de la igualdad de oportunidades, así como de reconocer la labor realizada por las distintas entidades en dicho ámbito.
En su virtud, a la vista de la solicitud presentada por don Santiago Sarasola Yurrita, en nombre y representación de la entidad Compañía del Tranvía Eléctrico de San Sebastián a Tolosa, S.A. (TSST), y de la valoración realizada del documento de compromiso suscrito por la entidad para el desarrollo de una política de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en la empresa,
RESUELVO:
Primero.– Otorgar el reconocimiento como Entidad Colaboradora en Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres a la entidad Compañía del Tranvía Eléctrico de San Sebastián a Tolosa, S.A. (TSST), en los términos y condiciones establecidas en el Decreto 424/1994, de 8 de noviembre, por la que se crea la figura de Entidad Colaboradora en Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, en base al documento de compromiso suscrito por dicha Entidad para el desarrollo de una política de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en su organización.
Segundo.– La Compañía del Tranvía Eléctrico de San Sebastián a Tolosa, S.A. (TSST), podrá utilizar dicho reconocimiento en cuantos elementos corporativos de imagen considere oportunos, mientras el mismo continúe vigente.
DISPOSICION FINAl primera
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín.
DISPOSICION FINAl segunda
La presente Resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 3 de febrero de 2014.
La Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer,
MIREN IZASKUN LANDAIDA LARIZGOITIA.