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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 76, miércoles 23 de abril de 2014


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y JUSTICIA
1860

ORDEN de 20 de marzo de 2014, del Consejero de Administración Pública y Justicia, por la que se aprueba y se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación del artículo 11 de los estatutos de la «Fundación Nuevas Claves Educativas».

Visto y examinado el expediente de solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, sobre la base de los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.– En fecha 05 de febrero de 2014 ha tenido entrada en el Registro del Departamento de Administración Pública y Justicia, solicitud presentada por doña Idoia Molinuevo Ugartondo, en nombre y representación de la Fundación Nuevas Claves Educativas.

Junto a la solicitud se ha presentado doble copia autorizada de la Escritura Pública de modificación estatutaria otorgada el día 17 de enero de 2014 por doña Idoia Molinuevo Ugartondo, en nombre y representación, como Secretaria de la Fundación Nuevas Claves Educativas, ante la Notario de Vitoria-Gasteiz, doña Blanca Palacios Guillén, número 89 de su protocolo.

En la referenciada Escritura Pública se incorpora Certificado expedido en Vitoria-Gasteiz el día 26 de diciembre de 2013 por doña Idoia Molinuevo Ugartondo, Secretaria del Patronato con el visto bueno de su Presidente de la reunión del Patronato celebrada el día 26 de diciembre de 2013, en la que se adoptó por unanimidad, el acuerdo de modificar el artículo 11 de los Estatutos de la Fundación.

En el cuerpo de la Escritura se recoge la nueva redacción íntegra del artículo modificado.

Segundo.– El expediente ha sido examinado por los Servicios Técnicos del Registro de Fundaciones del País Vasco que, a su vista, han elevado Propuesta de Resolución, atendiendo a los siguientes

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.– Corresponde al Consejero de Administración pública y Justicia dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 4.1.a) del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco, el Decreto 188/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Administración Pública y Justicia, y el Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos.

Segundo.– Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en el artículo 31 de la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco, así como en el artículo 44 del Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, aprobado por el Decreto 101/2007, de 19 de junio, ajustándose la modificación estatutaria practicada a las previsiones legales y reglamentarias que devienen de aplicación.

Vistos los preceptos citados y demás normas de general aplicación,

RESUELVO:

Primero.– Aprobar la modificación del artículo 11 de los Estatutos de la Fundación Nuevas Claves Educativas.

Segundo.– Ordenar la inscripción de dicha modificación estatutaria de la Fundación, con la fecha de la presente Orden, de acuerdo con lo establecido en la Escritura pública, donde consta la modificación del artículo estatutario otorgada el 16 de enero de 2014 por doña Idoia Molinuevo Ugartondo, en nombre y representación, como Secretaria de la Fundación, ante la Notario de Vitoria-Gasteiz, doña Blanca Palacios Guillén, número 89 de su protocolo.

Tercero.– Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a las personas interesadas.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante este Consejero de Administración Pública y Justicia, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 20 de marzo de 2014.

El Consejero de Administración Pública y Justicia,

JOSU IÑAKI ERCORECA GERVASIO.


Análisis documental