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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 130, jueves 10 de julio de 2014


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 5 DE BARAKALDO
3149

EDICTO dimanante del procedimiento n.º 533/13 seguido sobre medidas de hijos extramatrimoniales.

Juzgado de Primera Instanccia n.º 5 (Familia) de Barakaldo.

Juicio: medidas hijos no matrimoniales contencioso 533/13.

Demandante: A.G.G.

Abogado: Ainhoa Eguia Irazola.

Procurador: Rodriguez.

Demandado: Antonio Borgoñon Contreras.

Sobre: medidas de hijos extramatrimoniales.

En el referido juicio se ha dictado, 06-06-2014, Sentencia, en la que encabezamiento y parte dispositiva es la siguiente:

SENTENCIA N.º 380/14

Juez que la dicta: D. Cristina Lopez De La Fuente.

Lugar: Barakaldo (Bizkaia).

Fecha: seis de junio de dos mil catorce.

Parte demandante: A.G.G.

Abogado: Ainhoa Eguia Irazola.

Procurador: Ana Teresa Rodriguez Fernandez.

Parte demandada: Antonio Borgoñon Contreras.

Abogado.

Procurador.

Objeto del juicio: adopcion de medidas y alimentos.

FALLO

Estimando la demanda interpuesta por el Procurador D.ª Ana Teresa Rodríguez Fernández, en nombre y representación de D.ª A.G.G. contra D. Antonio Borgoñon Contreras, debo acordar y acuerdo las siguientes medidas con relación al hijo común XXXXX:

– La atribución de la guarda y custodia de XXXXX, a la madre, manteniendo ambos progenitores la patria potestad.

– Se establece el siguiente régimen de visitas y comunicación paterno filial; fines de semana alternos durante dos horas, sábados y domingos, en el horario que las partes fijen de común acuerdo, manteniendo dicho régimen de visitas en los periodos vacacionales. Dichas visitas se llevarán a cabo bajo supervisión materna.

– El señalamiento de una pensión de alimentos con cargo al progenitor no custodio y a favor del hijo común, que represente el 30% de los ingresos que pueda percibir el demandado por cualquier concepto, fijándose en todo un mínimo a percibir por tal concepto, la suma de 200 euros mensuales a abonar, dentro de los cinco primeros días de cada mes en la cuenta bancaria que designe la madre. Cantidad que se actualizará anualmente conforme al IPC publicado por el INE u Organismo que le sustituya.

Ambos progenitores contribuirán por mitad a los gastos extraordinarios que pueda generar el hijo común.

No procede imposición de costas.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (artículo 455 LECn). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LECn).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el Banco Santander con el número 4795 0000 00 0533 13, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un «Recurso» código 02-Apelación. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Antonio Borgoñon Contreras y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Barakaldo (Bizkaia), a 6 de junio de 2014.

LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental