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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 139, miércoles 23 de julio de 2014


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y JUSTICIA
3348

RESOLUCIÓN de 27 de junio de 2014, del Viceconsejero de Régimen Jurídico, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración del Estado-Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco en relación con la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado.

Adoptado el Acuerdo previsto en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, y de conformidad con lo establecido en su letra c),

RESUELVO:

Artículo único.– Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración del Estado-Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco en relación con la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, que se anexa a la presente Resolución.

En Vitoria-Gasteiz, a 27 de junio de 2014.

El Viceconsejero de Régimen Jurídico,

SABINO TORRE DÍEZ.

ANEXO
COMISIÓN BILATERAL DE COOPERACIÓN ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO-ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO

Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración del Estado-Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco en relación con la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado.

La Comisión Bilateral de Cooperación Administración del Estado-Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, ha adoptado el siguiente Acuerdo:

1.– Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias suscitadas en relación con la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado en el apartado 1 y 2 a) y b) del artículo 1; apartados 1 y 2 a), b) y c) del artículo 3; apartados 2 y 3 del artículo 5; apartados 2 y 3 del artículo 6; artículo 11; apartados 1, 2 y 3 del artículo 12; artículo 13, 1; artículo 14, 1; artículo 20; artículo 34; artículo 35; apartados 1 y 3 del artículo 37; apartado segundo del artículo 38; disposición adicional primera; disposición adicional segunda; apartado dos de la disposición final segunda y cualesquiera otros que, vinculados o no con los anteriores, vulneren principios constitucionales o invadan competencias de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

2.– Designar un Grupo de Trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda.

3.– Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional, a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y el Boletín Oficial del País Vasco.

Madrid, a 19 de junio de 2014.

El Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas,

CRISTOBAL MONTORO ROMERO.

El Consejero de Administración Pública y Justicia,

JOSU IÑAKI ERCORECA GERVASIO.


Análisis documental