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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 141, lunes 28 de julio de 2014


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMPETITIVIDAD
3389

RESOLUCIÓN de 23 de junio de 2014, del Director de Energía, Minas y Administración Industrial, por la que se autoriza la instalación, se declara la utilidad pública y se aprueba el proyecto de Modificación de la línea eléctrica a 132 kV Ormaiztegi-Abadiano 1 y 2, en los términos municipales de Ormaiztegi, Gabiria, Ezkio-Itsaso, Antzuola, Elgeta y Bergara (Gipuzkoa) y Elorrio (Bizkaia).

Ref.: RI-20-24062/AT-H-2013-39 (Gipuzkoa) y RI-48-23667/ATH 2013-34 (Bizkaia).

ANTECEDENTES DE HECHO

1.– Con fecha 22 de febrero de 2013, el Viceconsejero de Medio Ambiente del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco emitió resolución por la que se adopta la decisión de no someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental el proyecto de modificación de la línea eléctica a 132 kV Ormaiztegi-Abadiano 1 y 2, promovido por Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U. En el punto 3.º de la resolución se indica que el proyecto debe someterse al procedimiento de evaluación simplificada de impacto ambiental.

2.– Con fecha 7 de mayo de 2013, la empresa Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., solicitó autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución, declaración en concreto de su utilidad pública y declaración de impacto ambiental de la Modificación de la línea eléctrica a 132 kV, Ormaiztegi-Abadiano 1 y 2, en los términos municipales de Ormaiztegi, Gabiria, Ezkio-Itsaso, Antzuola, Elgeta y Bergara (Gipuzkoa) y Elorrio (Bizkaia), aportando instancia al respecto, acompañada del proyecto técnico correspondiente, firmado por el Ingeniero Industrial D. Eneko Santamaria Franco y del Estudio Simplificado de Impacto Ambiental.

3.– A los efectos previstos en el Decreto 282/2002, de 3 de diciembre (BOPV de 23-12-2002) por el que se regulan los procedimientos de autorización administrativa para la construcción, modificación, explotación, transmisión, y cierre de las instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica, así como de las acometidas, las líneas directas e instalaciones de conexión de consumidores, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley 54/1997, de 24 de noviembre, del Sector Eléctrico (BOPV 28-11-1997), y en el Reglamento sobre Condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad en Líneas Eléctricas de Alta Tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC-LAT 01 a 09) aprobado por Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero (BOPV 18-03-2008), fue publicado el anuncio por el que se somete a información pública la citada solicitud de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., en el BOPV con fecha 24-01-2014, en el BOG con fecha 09-01-2014, en el BOB con fecha 16-01-2014, en El Diario Vasco con fecha 26-12-2013 y en El Correo con fecha 17-01-2014, junto con la relación de bienes y derechos que dicha empresa considera necesario expropiar.

4.– Con fecha 18 de diciembre de 2013, se remitió el anuncio a los Ayuntamientos de Ormaiztegi, Gabiria, Ezkio-Itsaso, Antzuola, Elgeta y Bergara (Gipuzkoa) y con fecha 20-12-2013 al de Elorrio (Bizkaia), a fin de que se procediese a la exposición del mismo en el Tablón de Edictos de dichos ayuntamientos.

5.– Con fecha 13 de diciembre de 2013 se remitieron separatas del proyecto presentado a los Ayuntamientos de Ormaiztegi, Gabiria, Ezkio-Itsaso, Antzuola, Elgeta y Bergara (Gipuzkoa), a la Dirección General de Infraestructuras Viarias de la Diputación Foral de Gipuzkoa, a URA Agencia Vasca del Agua, a ETS Red Ferroviaria Vasca, al Consorcio de Aguas de Gipuzkoa, a Naturgas Energía Distribución, S.A.U., a Telefónica de España, S.A.U. y a Red Eléctrica de España, S.A.U., solicitándoles su conformidad u oposición a la solicitud y el establecimiento del condicionado técnico procedente, en su caso; y con fecha 5 de junio de 2014, al Ayuntamiento de Elorrio (Bizkaia) y al Departamento de Obras Públicas y Transportes de la Diputación Foral de Bizkaia, con la misma finalidad.

6.– Con fecha 18 de marzo de 2014, se reiteró la petición de conformidad u oposición a la solicitud y el establecimiento del condicionado técnico procedente, en su caso, a los Ayuntamientos de Ormaiztegi, Ezkio-Itsaso, Antzuola, Elgeta y Bergara (Gipuzkoa), a la Dirección General de Infraestructuras Viarias de la Diputación Foral de Gipuzkoa, a URA Agencia Vasca del Agua, a ETS Red Ferroviaria Vasca, al Consorcio de Aguas de Gipuzkoa y a Naturgas Energía Distribución, S.A.U.

7.– A la solicitud de conformidad u oposición al proyecto, y en su caso, el establecimiento del condicionado técnico procedente, el Ayuntamiento de Gabiria, Naturgas Energía Distribución, S.A.U., Telefónica de España, S.A.U., Red Eléctrica de España, S.A.U., manifestaron su conformidad al proyecto presentado, imponiendo una serie de condicionados. El Ayuntamiento de Elorrio y el Departamento de Obras Públicas y Transportes de la Diputación Foral de Bizkaia aportaron sus autorizaciones a esta intervención.

8.– Se dió traslado a Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U. de los condicionados presentados por los organismos indicados en el punto 6 de esta Resolución, dando la empresa su conformidad a los mismos.

9.– Dentro del período de información pública establecido al efecto no se presentaron alegaciones sobre el particular.

10.– Con fecha 29 de mayo de 2014, el Director de Energía, Minas y Administración industrial del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad emitió resolución por la que se formula el informe de impacto ambiental y se comunica a la empresa Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., para su cumplimiento, las medidas preventivas y correctoras, así como el plan de vigilancia ambiental, resultantes de la evaluación simplificada de impacto ambiental a la que se ha sometido el proyecto de Modificación de la línea eléctrica a 132 kV, Ormaiztegi-Abadiano 1 y 2, en los términos municipales de Ormaiztegi, Gabiria, Ezkio-Itsaso, Antzuola, Elgeta y Bergara (Gipuzkoa) y Elorrio (Bizkaia).

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

1.– En el expediente se han cumplido los trámites reglamentarios ordenados en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en el Decreto 282/2002, de 3 de diciembre del Gobierno Vasco, en la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, Ley 54/1997, de 27 de noviembre del Sector Eléctrico, en el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos (BOE 26-01-2008), en relación con lo previsto en la Ley 3/1998, de 27 de febrero, de Protección del Medio Ambiente del País Vasco (BOPV 27-03-1998), en el Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en línea eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09 y demás legislación concordante.

2.– El Director de Energía, Minas y Administración Industrial, en uso de la competencia atribuida por el Decreto 190/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad (BOPV de 24-04-2013),

RESUELVE:

1.– Autorizar a Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., la instalación y aprobar el proyecto de ejecución de Modificación de la línea eléctrica a 132 kV, Ormaiztegi-Abadiano 1 y 2, en los términos municipales de Ormaiztegi, Gabiria, Ezkio-Itsaso, Antzuola, Elgeta y Bergara (Gipuzkoa) y Elorrio (Bizkaia), cuyas principales características son las siguientes:

● Modificacion: sustitución de 27 apoyos.

● Tensión de servicio: 132 kV (d/c).

● Conductores: 6 LA-180 (existente) y 6 LA-280 HAWK (nuevo).

● Fibra óptica: OPGW-16-12 (existente).

● Cable de tierra: AC 53 (existente).

● Apoyos: celosía.

● Longitud: 9.592 m.

● Inicio: Apoyo 4 de la línea Ormaiztegi-Abadiano 1 y 2; Apoyo 2 (Derivación Mondragón); apoyo 60N

● Final: Apoyo 91 de la línea Ormaiztegi-Abadiano 1 y 2; Apoyo 60N; Apoyo 4N (Derivación Mondragón)

2.– Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza, llevando implícita esta declaración, a tenor de lo dispuesto en el artículo 54 de la citada Ley 54/1997, de 27 de noviembre, la necesidad de ocupación de los bienes o adquisición de los derechos afectados, e implicando la urgente ocupación de los mismos y determinando las consecuencias que para la declaración de Urgente Ocupación dispone el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, con los efectos registrales del artículo 53 de la misma.

Esta Resolución se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y en el Decreto 282/2002, de 3 de diciembre, y con las condiciones generales siguientes:

1.– Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto aprobado, la documentación presentada y conforme a las condiciones establecidas en la Evaluación Simplificada de Impacto Ambiental para este proyecto.

2.– El plazo de puesta en marcha será de 2 años contado a partir de la presente Resolución.

3.– El titular de las instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a las Delegaciones Territoriales de este Departamento en Gipuzkoa y en Bizkaia, a efectos de reconocimiento definitivo y extensión de las actas de puesta en marcha.

4.– La presente Resolución se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial y otros necesarios para la realización de las obras, no relevándose al peticionario de la obligación de obtener las mismas. Así mismo, se concede sin perjuicio de posibles derechos de terceros y dejando a salvo el derecho de propiedad.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Industria, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución, todo ello en virtud de lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Vitoria-Gasteiz, a 23 de junio de 2014.

El Director de Energía, Minas y Administración Industrial,

JAVIER ZARRAONANDIA ZULOAGA.


Análisis documental