Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 161, miércoles 27 de agosto de 2014


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 8 DE DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN
3652

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 249/14.

Juzgado de Primera Instancia n.º 8 de Donostia-San Sebastián.

Juicio: pro. ordinario 249/14.

Parte demandante: Lourdes Loidi Mendizabal y Jose Angel Loidi Mendizabal.

Parte demandada: Herederos de Ladislao Zavala y Piedad Mendizabal Arregui.

Sobre: declarar la propiedad de la acción que corresponde al propietario de la casa etxenagusia en las fincas registrales 785 y 797 del registro de la propiedad de San Sebastián.

En el juicio referenciado se ha acordado entregar a los Herederos de D. Ladislao Zavala, parte codemandada, la cédula cuyo texto literal es el siguiente:

CÉDULA DE EMPLAZAMIENTO

Autoridad que acuerda emplazar: Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 8 de Donostia-San Sebastián.

Asunto en que se acuerda: el pro. ordinario 249/14 seguido entre partes: Lourdes Loidi Mendizabal y Jose Angel Loidi Mendizabal frente a Herederos de Ladislao Zavala y Piedad Mendizabal Arregui sobre declarar La propiedad de la acción que corresponde al propietario de la casa etxenagusia en las fincas registrales 785 y 797 del registro de la propiedad de San Sebastián.

Persona que se emplaza: Herederos de Ladislao Zavala.

Objeto del emplazamiento: comparecer en el juicio expresado en el concepto de parte codemandada como sucesor de Herederos de Ladislao Zavala.

Plazo para comparecer: veinte días hábiles, computados desde el siguiente al de este emplazamiento.

PREVENCIONES LEGALES

Debe comparecer representado por Procurador y defendido por Abogado (artículos 23 y 31 Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil - LECn).

En San Sebastián, a 1 de julio de 2014.

LA SECRETARIO JUDICIAL.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de dicho/a demandado/a, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente Edicto en el Boletín Oficial del País Vasco para llevar a efecto la Diligencia de Decreto.

En San Sebastián, a 1 de julio de 2014.

LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental