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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 174, lunes 15 de septiembre de 2014


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA
3853

ORDEN de 24 de julio de 2014, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se declara abierto el periodo electoral para proceder a la elección de los y las miembros que corresponda de los Órganos Máximos de Representación de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El Decreto 258/1996, de 12 de noviembre, modificado por el Decreto 11/2007, de 30 de enero, regula el procedimiento de elección y renovación del Órgano Máximo de Representación de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

En estos Decretos se establece que los Órganos Máximos de Representación de los centros deben renovarse por mitades cada dos años.

Habiéndose producido la última elección de los y las miembros de los Órganos Máximos de Representación de los centros públicos docentes en el curso 2012-2013, procede efectuar la renovación correspondiente en el curso 2014-2015.

Corresponde a la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura declarar abierto el periodo para posibilitar la realización del correspondiente proceso electoral.

En su virtud, y en uso de las facultades que me han sido otorgadas,

DISPONGO:

Artículo 1.– 1.– Se declara abierto el periodo electoral para la elección de los y las miembros que corresponda de los Órganos Máximos de Representación de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco con excepción de los Centros Integrados de Formación Profesional.

2.– El proceso electoral se llevará a cabo en la forma prevista en el Decreto 258/1996, de 12 de noviembre, modificado por el Decreto 11/2007, de 30 de enero, por el que se regula el procedimiento de elección y renovación del Órgano Máximo de Representación de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Artículo 2.– Los actos electorales tendrán lugar en todos los centros entre los días 20 y 23 de octubre de 2014 y el nuevo Órgano Máximo de Representación del centro deberá estar constituido antes del día 14 de noviembre de 2014.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Contra la presente Orden podrán las personas interesadas interponer recurso de reposición ante la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

La presente Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 24 de julio de 2014.

La Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura,

CRISTINA URIARTE TOLEDO.


Análisis documental