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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 175, martes 16 de septiembre de 2014


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FINANZAS
3866

RESOLUCIÓN de 8 de septiembre de 2014, del Viceconsejero de Administración y Servicios Generales, por la que se hace público el importe total de ayudas para el acceso a Internet de banda ancha en el marco del Proyecto Konekta Zaitez@Banda Zabala en el ejercicio 2014.

En el marco del Plan Euskadi en la Sociedad de la Información, el Gobierno Vasco, en sesión celebrada el día 11 de mayo de 2004, adoptó el Acuerdo por el que se aprobaba el proyecto Konekta Zaitez@Banda Zabala (en adelante KZ@BZ) de despliegue de infraestructuras de banda ancha en el territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El objetivo de dicho programa consiste en la dotación de este tipo de infraestructuras de telecomunicaciones en aquellas zonas de la Comunidad Autónoma de Euskadi carentes de ellas, haciendo posible el acceso de todos los ciudadanos a Internet, contribuyendo así a la supresión de lo que se ha dado en llamar brecha digital, y posibilitando, que la conectividad en las zonas objetivo del proyecto Konekta Zaitez@Banda Zabala se sitúe en condiciones equiparables a las de los entornos resueltos mediante la oferta de los operadores privados.

Una vez realizados los estudios técnicos precisos, definido el proyecto en su conjunto -basado en una solución de tecnología inalámbrica- y seleccionado el operador que ha de gestionar la red pública, el desarrollo de esta red se encuentra en fase de despliegue, ejecutada y gestionada por la sociedad pública Itelazpi, S.A. (en adelante Itelazpi).

No obstante, el proyecto presenta una dificultad importante como es, dependiendo de la solución tecnológica empleada en determinados casos, el coste de los equipos terminales necesarios para la efectiva conexión de los usuarios al servicio de Internet y, en otros supuestos, el elevado coste de implantación de proyectos específicos de extensión de banda ancha con cobertura de carácter local, siendo necesario el análisis y definición de aquellas actuaciones públicas que permitan diluir el impacto del coste del proyecto tanto en el usuario potencial final, como en el ayuntamiento o ayuntamientos interesados.

Por todo ello, el Gobierno Vasco, en sesión celebrada el día 10 de julio de 2007, aprobó el marco general de actuación en ese ámbito, materializando el programa de financiación a través de la Orden de 11 de julio de 2007, de la Consejera de Hacienda y Administración Pública (BOPV número 147), modificada por Orden de 18 de febrero de 2010 de la Consejera de Justicia y Administración Pública (BOPV número 57).

En dicha Orden se articula un programa de subvenciones dirigidas a impulsar por una parte, la adquisición de equipos terminales de usuario, como por otra, aquellas soluciones colectivas basadas en tecnologías inalámbricas punto-multipunto en bandas de frecuencias libres (WIFI o similares), para la conexión al servicio de Internet de banda ancha, estableciéndose para el ejercicio 2014 un importe total de ciento diez mil (110.000) euros.

En base a lo expuesto,

RESUELVO:

Primero.– Hacer público el importe total de ayudas para el ejercicio 2014, establecido en 110.000 euros, para el acceso a Internet de banda ancha en el marco del programa Konekta Zaitez@Banda Zabala.

Si en un ejercicio se produjese el agotamiento del importe indicado, se procederá a la denegación de la concesión de las respectivas ayudas, mediante la emisión de resolución del Viceconsejero de Administración y Servicios Generales en la que se señalará la fecha en que se ha producido, y publicándose la misma en el Boletín Oficial del País Vasco.

En todo caso, si hubiese habido denegación de la solicitud inicial por agotamiento de los créditos en la forma señalada en el apartado anterior, deseando el interesado acogerse a las ayudas referidas, será preciso formular una nueva solicitud de ayudas.

Segundo.– Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Tercero.– La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 8 de septiembre de 2014.

El Viceconsejero de Administración y Servicios Generales,

CARMELO ARCELUS MÚGICA.


Análisis documental