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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 175, martes 16 de septiembre de 2014


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 3 DE BARAKALDO
3869

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 793/11 seguido sobre reclamación de cantidad.

Juzgado de Primera Instancia n.º 3 (Barakaldo).

Juicio: pro. ordinario L2 793/11.

Demandante: Comunidad Propietarios de la calle Zuberoa, n.º 11 de Barakaldo.

Abogado: Jesus Manuel Montes Herranz.

Procurador: Palacio.

Demandado: Maria Begoña Alvarez Arazuri, Endika Artaza Micharet, Agustina Carrasco Romero, Igor Lopez Alvarez, herederos y herencia yacente de Cristobal Varelo Guerrero y Maria Salguero Castillero y Juan Alfonso Jorge Fernandez.

Sobre: reclamación de cantidad.

En el referido juicio se ha dictado la Sentencia, de fecha 26-06-2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:

FALLO

Estimo la demanda formulada por la Procuradora Sra. Palacio Querejeta, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios de la calle Zuberoa, n.º 11 de Barakaldo, frente a D. Endika Artaza Micharet, D. Juan Alfonso Jorge Fernández y D.ª María Begoña Alvarez Arazuri, D. Igor López Alvarez y D.ª Agustina Carrasco Romero y herederos y herencia yacente de D. Cristóbal Varelo Guerrero y D.ª María Salguero Castillero, y en su virtud, condeno a:

1.– D. Endika Artaza Micharet, en la cantidad de 1.149,13 euros, más cuotas ordinarias que se vayan devengando a razón de 25 euros al mes.

2.– Los cónyuges D. Juan Alfonso Jorge Fernández y D.ª María Begoña Alvarez Arazuri, en la cantidad de 766,49 euros, más las cuotas ordinarias que se vayan devengando a razón de 25 euros al mes.

3.– Los cónyuges D. Igor López Alvarez y D.ª Agustina Carrasco Romero, en la cantidad de 805,32 euros, más las cuotas ordinarias que se vayan devengando a razón de 25 euros al mes.

4.– Herederos y herencia yacente de D. Cristóbal Varelo Guerrero y D.ª María Salguero Castillero, en la cantidad de 6.841,45 euros, más las cuotas ordinarias que se vayan devengando a razón de 25 euros al mes.

5.– Intereses del artículo 576 y al pago de las costas.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado herederos y herencia yacente de Cristobal Varelo Guerrero y Maria Salguero Castillero y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Barakaldo (Bizkaia), a 2 de mayo de 2013.

LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental