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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 177, jueves 18 de septiembre de 2014


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 11 DE BILBAO
3891

EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 441/14 seguido sobre arrendamientos urbanos.

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio verbal 441/2014 seguido en el Juzgado de Primera Instancia n.º 11 de Bilbao (Bizkaia), a instancia de Games Workshop, S.L. contra Breynorsa, S.L. sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA N.º 154/14

Juez que la dicta: D.ª Maria Cruz Aparicio Redondo.

Lugar: Bilbao (Bizkaia).

Fecha: quince de julio de dos mil catorce.

Parte demandante: Games Workshop, S.L.

Abogado: Jorge Oleart Godia.

Procurador: Rafael Eguidazu Buerba.

Parte demandada: Breynorsa, S.L.

Abogado.

Procurador.

Objeto del juicio: arrendamientos urbanos.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la representación de Games Workshop, S.L.U., contra Breynorsa, S.L., condeno a esta última a pagar a la parte actora la cantidad de 3.926 euros, que devengará los intereses señalados en el Fundamento Jurídico Segundo de esta Sentencia, con expresa condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (artículo 455 LECn). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LECn).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el Banco Santander con el número 4725 0000 00 441 14, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un «Recurso» código 02-Apelación. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Breynorsa, S.L., extiendo y firmo la presente en Bilbao (Bizkaia), a uno de septiembre de dos mil catorce.

EL SECRETARIO.


Análisis documental