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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 177, jueves 18 de septiembre de 2014


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 7 DE VITORIA-GASTEIZ
3893

EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 48/14.

Upad Civil - Juzgado de Primera Instancia n.º 7 de Vitoria-Gasteiz.

Juicio: Juicio verbal 48/14.

Demandante: Maria Begoña Mateo Pereira.

Abogado: Vicho Lopez Eva Maria.

Procurador: Sebastian Izquierdo Arroniz.

Demandado: Jorge de Lara Gutierrez y Maria Begoña Divar Gonzalez.

Sobre: Juicio verbal.

En el referido juicio se ha dictado Sentencia de fecha 30-05-2014, en la que el fallo es el siguiente:

FALLO

Estimo íntegramente la demanda formulada por María Begoña Mateo Pereira contra María Begoña Divar González y, en su virtud, condeno a la demandada a que abone a la actora la cantidad de 365,88 euros. A la cantidad objeto de condena se devengarán los intereses descritos en el fundamento de derecho segundo de la presente resolución.

Declaro desistida de la acción ejercitada contra Jorge Lara Gutiérrez a María Begoña Mateo Pereira.

Esta resolución es firme y contra la misma no cabe recurso.

Así por esta mi sentencia me pronuncio, mando y firmo.

Publicación: dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el/la Sr/a. Magistrado que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, la Secretario Judicial doy fe, en Vitoria-Gasteiz, a treinta de mayo de dos mil catorce.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Jorge de Lara Gutierrez y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución No cabe recurso alguno.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Vitoria-Gasteiz, a 8 de septiembre de 2014.

EL SECRETARIO JUDICIAL.

En el referido juicio se ha dictado auto de aclaración de Sentencia de fecha 16-06-2014 ,es el siguiente:

AUTO DE ACLARACION DE SENTENCIA 43/14

Juez que lo dicta: D. Jose Luis Nuñez Corral.

Lugar: Vitoria-Gasteiz.

Fecha: dieciséis de junio de dos mil catorce.

HECHOS

Por la representación de la parte actora interesa aclaración de sentencia dictada por este juzgador con el resultado que obra en autos.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS

La petición de aclaración interesada debe ser estimada al apreciarse unos errores de transcripción omisiva de fácil corrección y en el sentido expuesto por la parte actora, errores que por su obviedad se dan por reproducidos.

Estimo íntegramente la demanda formulada por María Begoña Mateo Pereira contra María Begoña Divar González y, en su virtud, condeno a la demandada a que abone a la actora la cantidad de 84,70 euros. A la cantidad objeto de condena se devengarán los intereses descritos en el fundamento de derecho segundo de la presente resolución. Condeno a la demandada a reparar la causa origen de los daños.

Declaro desistida de la acción ejercitada contra Jorge Lara Gutiérrez a María Begoña Mateo Pereira.

Esta resolución es firme y contra la misma no cabe recurso.

Son de aplicación los artículos 214 y ss de la Lecv, preceptos que se dan por reproducidos.

DISPONGO:

Aclaro, complemento y rectifico la sentencia en la forma expuesta en el razonamiento jurídico único de la presente resolución sin alterar el resto de la resolución.

Lo acuerda y firma S. S.ª. Doy fe.

Firma del Juez Firma del Secretario

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Jorge de Lara Gutierrez y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde no cabe recurso alguno.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.

En Vitoria-Gasteiz, a 8 de septiembre de 2014.

EL SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental