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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 179, lunes 22 de septiembre de 2014


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OTRAS DISPOSICIONES

AGENCIA VASCA DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO
3930

RESOLUCIÓN de 21 de mayo de 2014, del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, por la que se acepta la solicitud de renuncia al proyecto «Becas de formación profesional para jóvenes Bubis» presentado por la entidad Centro de Formación de Somorrostro dentro de la convocatoria de ayudas a proyectos de cooperación para el desarrollo para 2007.

Por Orden de 11 de diciembre de 2007, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, por la que se conceden ayudas a proyectos con cargo al Fondo para la Cooperación y Ayuda al Desarrollo para el ejercicio 2007, se concedió a la entidad Centro de Formación de Somorrostro una subvención de 138.129 euros para la realización del proyecto «Becas de formación profesional para jóvenes Bubis».

La citada entidad, en comunicación dirigida a la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, con fecha 20 de mayo de 2014, formuló una solicitud de renuncia al tercer pago de la subvención.

De conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 28 del Decreto 34/2007, de 27 de febrero, por el que se regulan las ayudas a proyectos con cargo al Fondo de Cooperación y Ayuda al Desarrollo, la entidad solicitante deberá informar inmediatamente a la Dirección de Cooperación al Desarrollo sobre cualquier circunstancia que pudiera afectar sustancialmente al desarrollo previsto del proyecto y deberá remitir solicitud de autorización previamente a la realización de las modificaciones que pretenden introducirse en la realización del mismo, especificando las repercusiones presupuestarias que implican.

No obstante, por lo que se refiere a la competencia para aprobar las modificaciones propuestas, tras la creación, regulación y entrada en funcionamiento de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo (Ley 5/2008, de 19 de junio, por la que se crea y regula la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo; Decreto 95/2010, de 23 de marzo, por el que se aprueba su Reglamento de Organización y Funcionamiento; y Decreto 310/2010, de 23 de noviembre por el que se regula el inicio de actividades de la Agencia), dicha competencia y, en general, el dictado de las Resoluciones necesarias para gestionar estas ayudas corresponde al Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.

Por todo lo expuesto,

RESUELVO:

Primero.– Autorizar a la entidad Centro de Formación de Somorrostro la renuncia solicitada al proyecto «Becas de formación profesional para jóvenes Bubis» presentado dentro de la convocatoria de ayudas a proyectos de cooperación para el desarrollo para 2007.

Como consecuencia, se dejan sin efecto las órdenes de pago correspondientes al pago de 27.625,83 euros.

Segundo.– Contra la presente Resolución, se podrá interponer recurso de alzada ante la Presidenta de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación. Si transcurriesen tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado, quedando expedita la vía contencioso-administrativa.

En Vitoria-Gasteiz, a 21 de mayo de 2014.

El Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo,

PAUL ORTEGA ETCHEVERRY.


Análisis documental