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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 187, jueves 2 de octubre de 2014


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EMPLEO Y POLÍTICAS SOCIALES
4071

RESOLUCIÓN de 30 de septiembre de 2014, del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se procede a la publicación de la modificación de la convocatoria de ayudas destinadas a la contratación de personas jóvenes desempleadas en empresas vascas. Programa Lehen Aukera.

El Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, mediante Acuerdo adoptado en su sesión del 29 de septiembre de 2014, ha aprobado la modificación de la convocatoria de ayudas destinadas a la contratación de personas jóvenes desempleadas en empresas vascas, Programa Lehen Aukera, y de conformidad con lo dispuesto en el apartado p) del artículo 10.2 de los Estatutos de Lanbide, aprobados por el Decreto 82/2012, de 22 de mayo, corresponde al Director General de este organismo autónomo proceder a su publicación.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Primero.– Proceder a la publicación de la modificación de la convocatoria de ayudas destinadas a la contratación de personas jóvenes desempleadas en empresas vascas, Programa Lehen Aukera, aprobada por Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, adoptado en su sesión del 29 de septiembre de 2014, recogida como anexo a esta resolución.

Segundo.– Informar que el Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo por el que se aprueba la convocatoria de ayudas surtirá efectos desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

Tercero.– Hacer saber que contra el Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo por el que se aprueba la convocatoria podrá interponerse recurso de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a dicha publicación.

En Vitoria-Gasteiz, de 30 de septiembre de 2014.

El Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo,

ADOLFO ALUSTIZA FERNÁNDEZ.

ANEXO
MODIFICACIÓN DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS DESTINADAS A LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS JÓVENES DESEMPLEADAS EN EMPRESAS VASCAS, PROGRAMA LEHEN AUKERA

Mediante Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, adoptado el día 30 de julio de 2014, se aprobó la convocatoria de ayudas destinadas a la contratación de personas jóvenes desempleadas en empresas vascas, Programa Lehen Aukera, publicada en el BOPV de 11 de agosto de 2014.

El objeto del programa es facilitar una primera oportunidad laboral a la juventud vasca como forma de favorecer su empleabilidad, mediante la concesión de ayudas a empresas radicadas en la Comunidad Autónoma de Euskadi para la contratación en prácticas de personas jóvenes en situación de desempleo y sin previa o escasa experiencia laboral, en empleos relacionados con su titulación.

La convocatoria establece que el plazo de presentación de solicitudes para la subvención de contratos en prácticas, junto con la previsión de contratos a realizar, es del 3 de octubre de 2014. Asimismo, en el artículo 3.1 se exige que los contratos se celebren antes del 21 de noviembre de 2014.

Por otro lado, establece la fecha del 1 de diciembre de 2014 para que las entidades que colaboren con Lanbide en la captación, registro y gestión de ofertas de trabajo presenten sus solicitudes de subvención.

Teniendo en cuenta la elevada tasa de desempleo juvenil existente y la dificultad señalada por el sector empresarial de presentar solicitudes de subvención y formalizar contratos de trabajo en el escaso plazo señalado en la convocatoria, el interés público del programa aconseja la ampliación de los plazos previstos en el mismo con objeto de llegar a un mayor nivel de contratación.

Por todo ello, a propuesta del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, el Consejo de Administración de este organismo autónomo, en su sesión del 29 de septiembre de 2014, aprueba la modificación de la convocatoria de ayudas destinadas a la contratación de personas jóvenes desempleadas en empresas vascas, Programa Lehen Aukera, en los siguientes términos:

Artículo primero.– Se modifica el párrafo segundo del párrafo 1 del artículo 3 de la convocatoria de ayudas destinadas a la contratación de personas jóvenes desempleadas en empresas vascas, Programa Lehen Aukera, que queda redactado del siguiente modo:

«Dichos contratos deberán iniciarse antes del 20 de diciembre de 2014».

Artículo segundo.– Se modifica el párrafo 6 del artículo 7 de la convocatoria de ayudas destinadas a la contratación de personas jóvenes desempleadas en empresas vascas, Programa Lehen Aukera, que queda redactado del siguiente modo:

«6.– El plazo de presentación de solicitudes será el siguiente:

● Para la subvención por contratos en prácticas: desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco y hasta el día 14 de noviembre de 2014.

● Para la subvención por la captación, registro y gestión de las ofertas de trabajo: hasta el día 30 de diciembre de 2014».

Artículo tercero.– Se modifica el párrafo primero del artículo 12 de la convocatoria de ayudas destinadas a la contratación de personas jóvenes desempleadas en empresas vascas, Programa Lehen Aukera, que queda redactado del siguiente modo:

«Para la justificación de los contratos, la empresa beneficiaria presentará, en el plazo máximo de un mes posterior a la finalización de los mismos y, en todo caso, con anterioridad al 31 de julio de 2015 para los contratos de 6 meses de duración y al 23 de diciembre de 2015 para los contratos de duración superior, la Memoria Final que contendrá la siguiente documentación».


Análisis documental