Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 200, martes 21 de octubre de 2014


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 2 DE BARAKALDO
4430

EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 632/13 seguido sobre reconocimiento de deuda.

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio verbal 632/13 seguido en el Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Barakaldo (Bizkaia), a instancia de Aitor Martinez Rocha contra Cristina Martin Garcia sobre reclamacion de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA N.º 77/14

Juez que la dicta: D.ª Amaia Del Cid Madariaga.

Lugar: Barakaldo (Bizkaia).

Fecha: veintiocho de marzo de dos mil catorce.

Parte demandante: Aitor Martinez Rocha.

Abogado: Domingo Gabriel Pascual Martin.

Procurador: Juan Fernando Setien Garcia.

Parte demandada: Cristina Martin Garcia.

Abogado.

Procurador.

Objeto del juicio: reclamación de rentas.

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por el Procurador don Juan Fernando Setién García en nombre y representación de don Aitor Martínez Rocha contra doña María Cristina Martín García, y en rebeldía, y en consecuencia, condeno a la parte demandada a satisfacer a la demandante la cantidad de 4.200 euros.

Dicha cantidad devengará un interés igual al legal del dinero desde el 21 de septiembre de 2011 hasta la fecha de la presente Resolución, y desde ésta hasta su completo pago, un interés igual al legal del dinero, incrementado en dos puntos.

Con expresa condena en costas a la parte demandada.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (artículo 455 LECn). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos impugnados (artículo 458.2 LECn).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el Banco Santander, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un «Recurso» código 02-Apelación. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación: dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por la Sra. Magistrada que la dictó, estando la misma celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el Secretario Judicial doy fe, en Barakaldo (Bizkaia), a veintiocho de marzo de dos mil catorce.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Cristina Martin Garcia, extiendo y firmo la presente en Barakaldo (Bizkaia), a cinco de junio de dos mil catorce.

EL SECRETARIO.


Análisis documental