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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 206, miércoles 29 de octubre de 2014


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE SALUD
4600

RESOLUCIÓN de 16 de octubre de 2014, de la Directora de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitaria, por la que se otorga al Hospital Universitario Cruces, la renovación de la acreditación del Comité Ético de Investigación Clínica.

Habiéndose recibido la solicitud para la renovación de la acreditación del Comité Ético de Investigación Clínica del Hospital Universitario Cruces y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2 y 6 de la Orden de 28 de septiembre de 1994, del Consejero de Sanidad (BOPV n.º 202, de 24 de octubre), de acreditación de los Comités Éticos de Investigación Clínica en la Comunidad Autónoma del País Vasco, el Decreto 3/2005, de 11 de febrero, por el que se crea el Comité Ético de Investigación Clínica de la Comunidad Autónoma del País Vasco, al Real Decreto 223/2004, de 6 de febrero, por el que se regulan los ensayos clínicos con medicamentos y en el ejercicio de las funciones atribuidas por Decreto 195/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Salud corresponde a la Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitaria,

RESUELVO:

Primero.– Conceder la renovación de la acreditación al Comité Ético de Investigación Clínica del Hospital Universitario Cruces.

Segundo.– Confirmar como miembros de dicho Comité a los siguientes:

– Presidente:

D. Alberto Alonso Ruiz, Doctor en Medicina y Cirugía general, FEA en Reumatología.

– Vicepresidente:

D. José Ignacio Pijoán Zubizarreta, Licenciado en Medicina y Cirugía General, FEA en Medicina Interna.

– Secretaria:

D.ª Amaia Martínez Galarza, Diplomada Universitaria en Enfermería.

– Vocales:

D.ª Iciar Alfonso Farnós, Licenciada en Medicina y Cirgugía General, FEA en Farmacología Clínica.

D. Francisco Javier Santamaría Sandi, Doctor en Medicina y Cirugía General, FEA en Endocrinología y Nutrición.

D. Adolfo González Calles, Diplomado Universitario en Magisterio.

D. Francisco Javier González Mielgo, Licenciado en Farmacia.

D. Mikel Latorre Guisasola, Licenciado en Medicina y Cirugía. FEA en Microbiología.

D. Luis Villoldo Ortega, Doctor en Derecho.

D. Manuel Zaballa Iñiguez, Doctor en Medicina y Cirugía General. FEA en Aparato Digestivo.

D.ª Marta Álvarez Rincón, Médica Residente de Medicina Preventiva y Salud Pública.

D.ª Maria Extremiana Eguía, Médica Residente de Medicina Preventiva y Salud Pública.

D. José Ramón Bilbao Catalá, Doctor en Ciencias Biológicas.

D.ª Rita Sainz de Rozas Aparicio, Licenciada en Farmacia.

D. Francisco José Álvarez Díaz, Doctor en Ciencias Biológicas.

Tercero.– Teniendo en cuenta la distribución de los recursos sanitarios en el ámbito que a continuación se señala, así como la disponibilidad de medios adecuados en los distintos centros para la realización de los cometidos propios de los Comités Éticos de Investigación Clínica, se determina, como ámbito geográfico e institucional de actuación del Comité del Hospital Universitario Cruces, todos los estudios unicéntricos que se realicen en:

– Hospital Universitario Cruces, OSI Barakaldo-Sestao, Hospital de Gorliz y Comarcas de Atención Primaria de Uribe y Ezkerraldea-Enkarterri.

– Todos los centros de titularidad privada radicados en el Área Sanitaria de Bizkaia.

– Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea (UPV/EHU).

Cuarto.– El Comité habrá de remitir a la Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitaria, para su depósito y publicidad, los procedimientos de trabajo específicos que haya elaborado para su funcionamiento, así como la periodicidad de sus reuniones y el tiempo máximo de respuesta que haya convenido señalar.

Asimismo, requerirá para su tramitación, las comunicaciones que, de acuerdo con la legislación vigente, deba dirigir al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Quinto.– La acreditación objeto de la presente Resolución surtirá efectos, a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco durante un periodo de tres años, a cuyo término podrá ser renovada, mediante la presentación de la correspondiente solicitud, en los términos previstos en el artículo 6 de la Orden de 28 de septiembre de 1994. La misma será comunicada al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Sexto.– Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrán los interesados formular recurso de alzada ante el Viceconsejero de Salud o la Directora de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitaria, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a aquel en que tiene lugar su publicación oficial.

En Vitoria-Gasteiz, a 16 de octubre de 2014.

La Directora de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitaria,

MARÍA LUISA ARTEAGOITIA GONZÁLEZ.


Análisis documental