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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 209, lunes 3 de noviembre de 2014


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OTRAS DISPOSICIONES

UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO
4671

RESOLUCIÓN de 16 de octubre de 2014, de la Vicerrectora de Estudios de Grado e Innovación y de la Vicerrectora de Estudios de Posgrado y Relaciones Internacionales, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de 30 de enero de 2014, del Consejo de Gobierno de la UPV/EHU, por el que se modifica el procedimiento para expedir el Suplemento Europeo al Título (SET) en la UPV/EHU.

Por Resolución de 21 de diciembre de 2011, de la Vicerrectora de Ordenación Académica, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco, de 24 de enero de 2012, se estableció el procedimiento para expedir el Suplemento Europeo al Título (SET) en la UPV/EHU.

Posteriormente, mediante Resolución de 16 de octubre de 2012, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco de fecha 12 de noviembre de 2012, se establece la Normativa Reguladora de las Prácticas Académicas Externas del Alumnado de la UPV/EHU, aprobada en el Consejo de Gobierno de 27 de septiembre de 2012. Dicha normativa, en su artículo 16.2 establece que el Suplemento Europeo al Título recogerá las prácticas académicas externas realizadas por el alumnado de la UPV/EHU, en los términos que establezca la normativa que regule dicho documento y de acuerdo con lo previsto en el artículo 24 del Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante Universitario.

Dado que el Procedimiento para expedir el Suplemento Europeo al Título (SET) en la UPV/EHU, aprobado por el Consejo de Gobierno de la UPV/EHU el 17 de noviembre de 2011, no contemplaba la inclusión de las prácticas académicas externas en este documento, es preciso modificar el citado procedimiento y añadir nuevas disposiciones que definan los datos que deben figurar en el Suplemento Europeo al Título, así como las condiciones que deben reunir las prácticas académicas externas para que sean incorporadas en el mismo.

Así mismo, es necesario recoger en el citado procedimiento lo previsto en el artículo 32 del Real Decreto 1791/2010, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante Universitario, sobre el reconocimiento académico y transferencia de actividades universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación.

Esta modificación sobre el procedimiento para expedir el Suplemento Europeo al Título ha sido aprobada por el Consejo de Gobierno de la UPV/EHU, en sesión ordinaria de fecha 30 de enero de 2014, previo informe favorable de la Comisión de Grado y de la Comisión de Postgrado.

Por todo lo anterior, la Vicerrectora de Estudios de Grado e Innovación y la Vicerrectora de Estudios de Postgrado y Relaciones Internacionales, en cumplimiento del artículo 10.2 de la Ley 3/2004, de 25 de febrero, del Sistema Universitario Vasco (BOPV de 12 de marzo de 2004) y de acuerdo con las facultades que les otorga la Resolución de 30 de enero de 2013, del Rector de la UPV/EHU, sobre estructura y determinación de las áreas de funcionamiento de su equipo de gobierno y de delegación de competencias,

RESUELVEN:

Artículo único.– Ordenar la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la UPV/EHU, en su sesión de 30 de enero de 2014, por el que se modifica el procedimiento para expedir el Suplemento Europeo al Título (SET) en la UPV/EHU, aprobado por el Consejo de Gobierno el 17 de noviembre de 2011 y publicado en el Boletín Oficial del País Vasco del 24 de enero de 2012, en los siguientes términos:

Uno.– Se añade un nuevo artículo 8 que queda redactado en los siguientes términos:

«Artículo 8.– Inclusión de las prácticas académicas externas en el SET.

Las prácticas académicas externas realizadas por el alumnado de la UPV/EHU se incorporarán al SET en los términos indicados en el artículo siguiente, siempre que cuenten con la evaluación favorable de la persona tutora y que las prácticas estén gestionadas a través de las aplicaciones informáticas de GAUR para la gestión de prácticas integradas y que los centros docentes y la Escuela de Máster y Doctorado responsables de las correspondientes titulaciones hayan incorporado los datos correspondientes en dichas aplicaciones.»

Dos.– Se añade un nuevo artículo 9 que queda redactado en los siguientes términos:

«Artículo 9.– Información a incorporar en el SET.

En el SET del alumnado figurará, para cada práctica académica externa que cuente con evaluación favorable de la persona tutora, la siguiente información:

a) Denominación de la práctica (nombre de la misma con la que figure en la oferta).

b) Empresa o entidad colaboradora donde se haya desarrollado la práctica.

c) Número de horas.

d) Año académico de la práctica.

e) Idioma de realización.

f) Carácter (curricular/extracurricular).

g) País donde se haya desarrollado la práctica.»

Tres.– Se añade un nuevo artículo 10 que queda redactado en los siguientes términos:

«Artículo 10.– actividades universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación.»

En el SET del alumnado figurará el reconocimiento académico de actividades universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación en los términos que se establezcan en las Normativas de Gestión de las Enseñanzas correspondientes.

Cuatro.– Se modifica la denominación de la Disposición Final, que queda denominada Disposición Final Primera.

Cinco.– Se añade una nueva Disposición Final Segunda que queda redactada en los siguientes términos:

«Disposición Final Segunda.– Los artículos 8, 9 y 10 anteriores serán de aplicación a las prácticas y reconocimientos realizados por el alumnado de la UPV/EHU a partir del curso 2010-11, inclusive.»

Leioa, a 16 de octubre de 2014.

El Rector,

IÑAKI GOIRIZELAIA ORDORIKA.

PD (Resolución de 30 de enero de 2013, BOPV de 13-02-2013).

La Vicerrectora de Estudios de Grado e Innovación,

AMAIA ZARRAGA CASTRO.

La Vicerrectora de Estudios de Posgrado y Relaciones Internacionales,

NEKANE BALLUERKA LASA.


Análisis documental