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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 241, jueves 18 de diciembre de 2014


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y JUSTICIA
5387

ORDEN de 27 de noviembre de 2014, del Consejero de Administración Pública y Justicia, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la constitución de la «Fundación Amigos de Mufunga Fundazioa».

Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la constitución de la «Fundación Amigos de Mufunga Fundazioa», sobre la base de los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.– El 26 de junio de 2014 tuvo entrada en el Registro General del Departamento de Administración Pública y Justicia, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la Constitución de la «Fundación Amigos de Mufunga Fundazioa». A la solicitud se adjuntó Escritura Pública otorgada el día 12 de junio de 2014 por el Notario de Bilbao, don Manuel López Pardiñas y demás documentación obrante en el expediente.

Con fecha 23 de septiembre de 2014, el Registro de Fundaciones envío requerimiento de subsanación a la entidad solicitante. Cuestión que fue subsanada mediante escrito presentado el 6 de noviembre de 2014.

El 25 de noviembre de 2014 se reunió la Comisión técnica de la Comisión Asesora del Protectorado de Fundaciones del País Vasco con la finalidad de verificar la licitud e interés general de los fines fundacionales, informando favorablemente respecto a la solicitud de inscripción.

Segundo.– El fin fundacional de la denominada «Fundación Amigos de Mufunga Fundazioa», viene establecido en el artículo 3 de sus Estatutos, incorporado al título público y es el siguiente:

«La Fundación Amigos de Mufunga Fundazioa tiene por finalidad fundacional el desarrollo y potenciación de la Misión de Mufunga, provincia de Katanga, en la República Democrática del Congo y la dignificación de la vida de las personas que allí residen. Todo ello, dando continuidad a la labor desarrollada por parte del sacerdote misionero vasco, Luis Maria Gerrikagoitia Serrano desde 1965 hasta la actualidad».

Tercero.– El domicilio fundacional, conforme dispone el artículo 5 de los Estatutos fundacionales, radicará en la calle Bailén 29-Lonja, de Bilbao.

Cuarto.– La dotación patrimonial inicial de la Fundación asciende a doscientos cincuenta y tres mil (253.000) euros. Se acredita documentalmente la realidad de dicha dotación en el expediente de inscripción registral, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37.1.c) del Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, aprobado por el Decreto 101/2007, de 19 de junio.

Quinto.– La representación, administración y gobierno de la Fundación se confía al Patronato, cuyos miembros desempeñarán sus cargos con carácter gratuito, de acuerdo con el artículo 9 y 12 de los Estatutos fundacionales.

Sexto.– El Patronato inicial, conforme se establece en la escritura de constitución fundacional siguiendo lo establecido en el artículo 10 y 11 de los Estatutos, está integrado por:

(Véase el .PDF)

Todos y cada uno de ellos han aceptado sus respectivos cargos, mediante alguna de las formas previstas en el artículo 12.1 de la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.– Corresponde al Consejero de Administración pública y Justicia dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 4.1.a) del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco, el Decreto 188/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Administración Pública y Justicia, y el Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos.

Segundo.– El presente expediente ha sido promovido por persona legitimada para ello, y al mismo se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos señalados en los artículos 6, 7 y 9 de la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco, y 36 a 39 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, ajustándose la constitución de la Fundación a las previsiones legales y reglamentarias que devienen de aplicación.

Vistas las normas mencionadas y demás normas de general y pertinente aplicación.

RESUELVO:

Primero.– Ordenar la inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, con esta fecha y bajo el número de registro: F-378, de la constitución de la «Fundación Amigos de Mufunga Fundazioa», de Bilbao (Bizkaia), así como de la composición inicial del Patronato, integrado por los miembros que figuran en el antecedente de hecho sexto, en los términos previstos en la Escritura Pública otorgada el día 12 de junio de 2014 por el Notario de Bilbao, don Manuel López Pardiñas.

Segundo.– Clasificar a dicha Fundación, en virtud de sus fines, en la sección 4.ª del Registro de Fundaciones del País Vasco, conforme lo dispuesto en el artículo 2.2 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco.

Tercero.– Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a los interesados.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante este Consejero de Administración Pública y Justicia, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 27 de noviembre de 2014.

El Consejero de Administración Pública y Justicia,

JOSU IÑAKI ERCORECA GERVASIO.


Análisis documental