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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 1, viernes 2 de enero de 2015


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y JUSTICIA
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ORDEN de 27 de febrero de 2014, del Consejero de Administración Pública y Justicia de rectificación de errores referente a la «Fundación Escuelas Jado de Erandio – Erandioko Jado Eskolen Fundazioa».

Visto el expediente para la rectificación del error advertido en anterior Orden dictada por esta Consejería el día 31 de enero de 2013 en el expediente n.º 2012-01-0101 de la «Fundación Escuelas Jado de Erandio-Erandioko Jado Eskolen Fundazioa», atendiendo a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.– El 31 de enero de 2013 por parte del Consejero de Administración Pública y Justicia del Departamento de Administración Pública y Justicia se dictó la siguiente Orden:

Orden de 31 de enero de 2013, del Consejero de Administración Pública y Justicia, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación del artículo 86 de los estatutos de la «Fundación Escuelas Jado Erandio-Erandioko Jado Eskolen Fundazioa».

Mediante la citada Orden se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco, en la hoja abierta a la Fundación, la modificación habida en el artículo 86 de los Estatutos de la Fundación.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.– El artículo 25.1 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco establece lo siguiente:

«Los errores cometidos en cualquier inscripción, cancelación, anotación preventiva o nota marginal, no podrán rectificarse mediante enmiendas, tachas o raspaduras. La rectificación se realizará mediante la extensión de un nuevo asiento al que se otorgará un número nuevo y en el que se expresará con claridad cuál es el error rectificado, así como los términos en que el asiento debiera haberse practicado originariamente».

Segundo.– Dispone el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, respecto a la rectificación de errores:

«2.– Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos» (Artículo redactado según Ley 4/99, de 13 de enero).

Advertido errores de dicha índole en el cuerpo de la Orden citada, resulta procedente su rectificación de oficio.

El error se ha producido en el Resuelvo Primero de la Orden, a la hora de indicar el municipio de residencia de la Fundación Escuelas Jado Erandio-Erandioko Jado Eskolen Fundazioa. Por tanto donde dice «de Lantarón (Álava)», debe decir: «de Erandio (Bizkaia)».

Por cuanto antecede,

RESUELVO:

Primero.– Rectificar el error advertido en el Resuelvo Primero de la Orden de 31 de enero de 2013 del Consejero de Administración Pública y Justicia al establecer el municipio de residencia de la Fundación Escuelas Jado Erandio-Erandioko Jado Eskolen Fundazioa.

De lo anterior, el Resuelvo Primero de la Orden rectificada queda como sigue:

«Primero.– Ordenar la inscripción de la modificación del artículo 86.de los estatutos de la «Fundación Escuelas Jado Erandio-Erandioko Jado Eskolen Fundazioa» de Erandio (Bizkaia), acordada por el Patronato de la Fundación el 1 de octubre de 2009, con la fecha de la presente Orden, en los términos previstos en la escritura pública otorgada el 2 de noviembre de 2010, ante el Notario don Francisco de Asis Triana Alvarez (n.º de protocolo: 1829)».

Segundo.– Rectificar los asientos registrales de la citada Orden efectuado en la misma fecha.

Tercero.– Dar traslado de esta Resolución a la «Fundación Escuelas Jado Erandio-Erandioko Jado Eskolen Fundazioa», de Erandio.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante este Consejero de Administración Pública y Justicia, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 27 de febrero de 2014.

El Consejero de Administración Pública y Justicia,

JOSU IÑAKI ERCORECA GERVASIO.


Análisis documental