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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 8, miércoles 14 de enero de 2015


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 9 DE BILBAO
166

EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 76/2013 seguido sobre obligaciones.

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio verbal 76/2013 seguido en el Juzgado de Primera Instancia n.º 9 de Bilbao (Bizkaia), a instancia de Jesus Argoitia Atxa contra Diego Barrante Palomo sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA N.º 226/2014

Juez que la dicta: D.ª Maria Esther Gonzalez Rodriguez.

Lugar: Bilbao (Bizkaia).

Fecha: diecisiete de diciembre de dos mil catorce.

Parte demandante: Jesus Argoitia Atxa.

Abogado: Josu Arteta Pujana.

Procurador: Jasone Elorduy Simon.

Parte demandada: Diego Barrante Palomo.

Abogado.

Procurador.

Objeto del juicio: reclamación de cantidad.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la comunidad de propietarios de garajes de la calle Olagane auzoa n.º 1, 2, 3 y 4 de Zaratamo, con Procurador Jasone Elorduy Simon, contra Diego Barrante Palomo, en rebeldía, debo condenar y condeno al citado demandado a que abone a la actora la cantidad de 281,70 euros, más el interés legal incrementado en dos puntos de la citada cantidad que se devengue desde la fecha de esta resolución, con imposición a la parte demandada de las costas del presente procedimiento.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación: dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el/la Sr/a. Magistrado que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el Secretario Judicial doy fe, en Bilbao (Bizkaia), a 17 de diciembre de dos mil catorce.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Diego Barrante Palomo, extiendo y firmo la presente en Bilbao (Bizkaia), a diecisiete de diciembre de dos mil catorce.

EL SECRETARIO.


Análisis documental